Un marco legal que los protege
Diversas normas, declaraciones y convenciones rigen el marco legal internacional que posibilita la prevalencia de los derechos de los niños y las niñas, así como el principio del interés superior y su protección integral. La Declaratoria de los Derechos del Niño (1959), expresa en uno de sus apartes que “el niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación”.
Desde 2006, la Ley de Infancia y Adolescencia (Ley 1098) modificó en Colombia el anterior Código del Menor, consagrando medidas para aquellos menores de edad que se encuentran en situación irregular, entre ellas la Adopción.
Esta medida, reglamentada por el Estado colombiano, es una forma de solucionar el problema de abandono infantil. Tácitamente, el Artículo 20 de esta ley expresa: “dentro de los derechos de protección, los niños, las niñas y los adolescentes serán protegidos contra el abandono físico, emocional y psicoactivo de sus padres, representantes legales o de las personas, instituciones y autoridades que tienen la responsabilidad de su cuidado y atención”.
Sin embargo, y bajo la premisa que esto no es suficiente, se han adelantado propuestas legislativas y normativas para regular más a fondo en la materia.
Propuestas: Es hora de ponerlas en marcha
Para algunos congresistas, como el senador José David Name Cardozo, “es evidente la necesidad de estructurar respuestas que contribuyan desde lo político, a plantear soluciones a la problemática por la que atraviesa la infancia en Colombia”.
Mediante proyecto de ley, el legislador propuso permitir la entrega voluntaria de menores de noventa días de nacidos, bajo la custodia de entidades que puedan proveerles atención inmediata. En la misma iniciativa, se propone la modificación del Artículo 127 del Código Penal, de tal manera que cualquiera que abandone a un menor de dieciocho (18) años, teniendo el deber legal de velar por ellos, incurrirá en prisión de dos (2) a seis (6) años.
Ya en la Sentencia C-468/09, el Magistrado Gabriel Eduardo Mendoza había atendido la demanda de este Artículo 127, declarándolo inexequible, porque contemplaba sólo niños y niñas menores de 12 años, dejando excluidos aquellos adolescentes que no cumplían aún los 18 años, quienes también son titulares de cualquier tipo de protección especial.
A su juicio, niños entre 12 y 18 años no pueden ser excluidos ya que se cometería un acto discriminatorio: “El abandono de un menor expone a la víctima a circunstancias de peligro, quedando así desprotegidos sus derechos a la vida, integridad física y personal, a la salud, a la formación, a la educación, desarrollo y porvenir, pues se le estaría negando lo esencial para su propia supervivencia”, argumentó en su Sentencia el magistrado ponente.
El Movimiento MIRA en el Cabildo bogotano, propuso la creación de “Casas de Refugio” específicamente para aquellos menores de edad y sus madres, que por causa del abuso sexual y el maltrato cometido por los padres y padrastros, tengan que salir de sus hogares. Esta iniciativa fue acogida en el Plan de Desarrollo Distrital Bogotá Positiva bajo la creación de centros especializados, encargados de vigilar la integridad y seguridad de todos los niños, niñas y adolescentes en el Distrito Capital.
Una salida para los niños abandonados
Sin duda, el tema de la infancia es un tópico que amerita la concurrencia de actores como la Familia, la Sociedad y el Estado, en el marco de la corresponsabilidad, expresada en el Artículo 10 de la Ley de Infancia y Adolescencia. Así lo señala otro congresista colombiano del ala independiente:
“Todo intento que hacen por los niños y niñas las organizaciones civiles, las fundaciones, la academia, el sector político y la empresa privada, no está de más, suma y contribuye a una problemática social tan arraigada en nuestras culturas como es abandonar o regalar un niño por diversas causas”, concluye el Presidente de MIRA, Senador Carlos Alberto Baena López.
Por su parte, para Angela María Rosales, Directora Nacional de Aldeas Infantiles SOS Colombia, “en la medida que una familia reciba los apoyos necesarios y los servicios del Estado a los que tiene derecho, se previene mucho el abandono”.
“Vemos muchas falencias en los enfoques que busca el Estado en el trabajo con las familias, que para nosotros es el centro de nuestro actuar. El enfoque central debe estar en atender esas familias que están en situación de vulnerabilidad para que los niños crezcan con unos papás que tengan pautas de crianza lo suficientemente buenas”, agregó.
Además, propone al Estado colombiano “extender también la atención a aquellas familias que por alguna situación cultural o de violencia, acogen a los niños del vecino o acogen a los niños de la familia extensa. En el caso particular de Colombia el conflicto armado genera mucho abandono y en la medida que éste se resuelva, la situación de abandono y orfandad también bajarían”.
Aldeas Infantiles SOS, un modelo a seguir
Aldeas Infantiles SOS es una organización no gubernamental, internacional, que está presente en Colombia hace 40 años y en el mundo hace más de 60. De acuerdo con